Metadata and Analytics

Acciones
Contratación
  • Antonio Sevidanes
  • Antonio Sevidanes

Referencia de configuración de componente

Acciones
Aviso

Aviso

Se ha encontrado una configuración que no es válida. Póngase en contacto con el administrador.

 

Referencia de configuración de componente

Acciones
Aviso

Aviso

Se ha encontrado una configuración que no es válida. Póngase en contacto con el administrador.

 
Sample Image

Contratación

Acciones

Contratación

Básicamente, para contratar el servicio de aguas deben cumplirse dos condiciones:

1) Que el inmueble a abastecer disponga de concesión de acometida (se entiende por acometida el conjunto de tuberías y otros elementos que conectan la red pública con la red interior del inmueble).
2) Tramitar el contrato de suministro mediante la correspondiente solicitud y aportando la documentación requerida.

Puede ampliar la información descargando desde aquí la Guía para las concesiones de acometidas y suministros de abastecimiento de agua potable.


Alta de suministro

Con la acometida ya concedida (o en paralelo a la tramitación de su contratación), para la contratación del suministro el abonado debe presentar una solicitud en el siguiente impreso:

Instrucciones


Concesión de acometida

En muchos casos, el contrato de suministro se hace sobre una acometida ya concedida. Si no existe la acometida concedida, el interesado deberá requerir a Giahsa su contratación mediante esta solicitud:

Instrucciones


Cambio de titularidad y subrogación

Ser titular de la póliza de suministro es importante. Sólo el titular puede acceder a determinada información, solicitar bonificaciones y, en general, actuar ante la empresa. Sobre el titular o abonado recaen derechos y obligaciones.

En cuanto al cambio de titularidad, si existe un contrato en vigor anterior puede solicitarse el cambio de titularidad aportando la documentación correspondiente que acredite que el solicitante tiene el derecho de disponibilidad sobre el inmueble. Este cambio no conlleva ningún pago, salvo la actualización de la fianza.

Con relación a la subrogación en un contrato anterior, por fallecimiento del titular, sus familiares podrán solicitar cambiar el contrato a su nombre, y también pueden hacerlo los cónyuges a los que se adjudique la vivienda en caso de separación o divorcio. El plazo para subrogarse es de dos años desde la fecha del hecho causante.

Ambas gestiones se pueden realizar a través del siguiente impreso: